El Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más informó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de Lázaro Ernesto Rivas Pérez, las cuales fueron tramitadas por este Colectivo, tras considerar que se encuentran en situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Nicaragua.

En la resolución 17/2022, a través de la medida cautelar 1169-21, la CIDH expone el caso de Lázaro, quien participó de las protestas de abril 2018, en Santo Domingo, Chontales, por ello sufrió amenazas, acoso y persecución por parte de operadores políticos del gobierno, por lo que se vio obligado a desplazarse de manera forzada fuera de la ciudad durante casi todo el año de 2018.

Al ser considerado opositor al actual gobierno, Lázaro fue privado de su libertad desde el 29 de julio de 2020 y remitido al Centro Penitenciario de Juigalpa, Chontales, en condiciones inadecuadas, ahí padece de graves enfermedades y no recibe atención médica necesaria ni medicamentos para tratar las afectaciones a su salud. También recibe malos tratos, acoso y asedio por parte de agentes penitenciarios.

En el juicio fue declarado inocente por el jurado de conciencia por el delito de lesiones graves ante la falta de pruebas concretas, no obstante, fue condenado a siete años de prisión por la juez del Juzgado de Juigalpa por el delito de robo agravado con lesiones leves. Actualmente, permanece recluido en el Centro Penitenciario de Juigalpa, Chontales.

Al respecto el Estado proporcionó información que no permite determinar que los factores de riesgo fueron mitigados, tampoco se refirió a las condiciones de detención y el estado de salud de Lázaro.

Tras analizar el caso la CIDH considera que Lázaro Ernesto se encuentra en una situación de riesgo, teniendo en cuenta el contexto actual de Nicaragua. Por lo que solicita al Estado de Nicaragua que “adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de Lázaro”.

El Colectivo demanda al Estado de Nicaragua el cumplimiento de las referidas medidas a favor de Lázaro Ernesto para que se respete su vida, integridad personal y libertad individual e igualmente sus derechos humanos.