La nueva regulación define cómo el Banco Central de Nicaragua y los bancos supervisados deberán prestar el servicio de canje de billetes y monedas, incluyendo efectivo deteriorado, mutilado o retirado de circulación
El Banco Central de Nicaragua (BCN) informó la entrada en vigor de la Norma para el Canje de Billetes y Monedas, una disposición aprobada por el Consejo Directivo Monetario y Financiero que establece los procedimientos y responsabilidades para garantizar el servicio de canje de córdobas en todo el país.
La normativa es aplicable al Banco Central y a los bancos regulados por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras (SIBOIF), los cuales deberán ofrecer el servicio en sus sucursales conforme a los requisitos establecidos.
El objetivo de la regulación es asegurar que las personas puedan cambiar billetes y monedas de curso legal por otros en condiciones aptas para la circulación, así como establecer un procedimiento uniforme para el tratamiento del efectivo deteriorado o retirado.
Servicios que deberán ofrecer el BCN y los bancos
De acuerdo con la norma, el Banco Central y las sucursales bancarias autorizadas deberán prestar el servicio de cambio de billetes y monedas de circulación vigente por otros de igual o distinta denominación, conocido como simple cambio.
También deberán realizar el canje de billetes deteriorados o mutilados por billetes aptos para circular, el cambio de monedas deterioradas por otras monedas o billetes en buen estado y el canje de billetes y monedas que se encuentren en proceso de retiro de circulación.
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La normativa establece que estos servicios forman parte de las funciones del Banco Central y de los bancos supervisados para mantener en circulación efectivo en condiciones adecuadas y facilitar las operaciones de pago dentro del sistema financiero.
Canje gratuito y sin límite de monto
El reglamento dispone que el canje de billetes y monedas deteriorados, mutilados o retirados de circulación será gratuito y sin límite de monto para todas las personas que soliciten el servicio.
Asimismo, el Banco Central brindará el servicio de simple cambio sin costo y sin restricciones en la cantidad de efectivo que las personas deseen cambiar. En el caso de los bancos, este servicio también será gratuito para sus clientes, aunque las entidades podrán aplicar tarifas cuando el solicitante no mantenga una relación comercial con el banco.
La normativa señala además que, al realizar cualquier operación de canje, el Banco Central y los bancos deberán entregar únicamente billetes y monedas aptos para la circulación, con el propósito de mantener la calidad del efectivo que circula en el país.
Publicación y consulta de la normativa
La Norma para el Canje de Billetes y Monedas fue publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 222, del 27 de noviembre de 2025, y establece el marco legal para la prestación de este servicio en Nicaragua.
Posteriormente, el Banco Central aprobó el Reglamento para la Aplicación de la Norma para el Canje de Billetes y Monedas, mediante resolución administrativa emitida el 6 de marzo de 2026. El objetivo es desarrollar los procedimientos operativos para el cumplimiento de la disposición.
Las personas interesadas pueden consultar el texto completo de la normativa y del reglamento en el sitio oficial del Banco Central de Nicaragua. Ahí se detallan los requisitos, definiciones y procedimientos para realizar el canje de billetes y monedas en Nicaragua.

