La normativa jurídica exige que el último cabildo municipal sea un espacio de consulta pública sobre el presupuesto del año siguiente
El próximo 19 de diciembre está programado el último cabildo municipal del año 2025 en Camoapa, un espacio que, según la Ley de Régimen Presupuestario Municipal, debe dedicarse a la presentación de la propuesta de presupuesto 2026. El espacio está destinado para que la población pueda opinar, sugerir ajustes o solicitar modificaciones.
En teoría, este mecanismo garantiza participación ciudadana, transparencia y toma de decisiones informada. Sin embargo, existe incertidumbre sobre si el Concejo Municipal cumplirá con este mandato legal.
Hasta el momento no está claro si se realizará realmente la consulta pública, o si el cabildo se limitará a presentar información que ya fue mostrada a concejales en octubre.
Incertidumbre entre concejales y falta de información pública
Una fuente vinculada al Concejo Municipal expresó que incluso los miembros de ese órgano desconocen si el cabildo de la próxima semana será para consulta del presupuesto o para rendición de cuentas.
“No sabemos si este cabildo es para presentar el presupuesto o es para rendición de cuentas. Pero según la ley debe ser para consulta del presupuesto del próximo año. A estas alturas el presupuesto de egresos e ingresos no ha sido entregado a los concejales”, señaló la fuente.
Indicó también que en octubre únicamente se presentó el plan de inversión, sin detalles sobre la proyección de recaudación de impuestos. Es un dato que debe ser público para garantizar transparencia y participación informada.
La ley exige cabildo ordinario para validar el presupuesto
El artículo 26, inciso 2, de la Ley de Régimen Presupuestario Municipal establece que la comisión especial de presupuesto debe definir cuántos cabildos se celebrarán, su territorio, convocatoria y agenda.
Además, la normativa señala que la celebración de los Cabildos Ordinarios es requisito esencial para la validez de la Ordenanza del Presupuesto Municipal Anual. Significa que debe cumplirse este procedimiento para que el presupuesto pueda ser aprobado.
La falta de consulta podría poner en riesgo la validez del proceso. Además de limitar el derecho de la ciudadanía a incidir en la planificación municipal.
Habitantes buscan participar y plantear necesidades
Mientras tanto, personas como Griselda Polanco, del barrio Concepción, ya se preparan para participar en el cabildo con propuestas concretas.
Polanco señaló que un grupo de su comunidad planea solicitar el adoquinado de al menos dos calles, debido a los problemas que enfrentan cuando llueve.
“Estamos pensando en participar un grupo del barrio para ver si nos componen la calle. Estamos dispuestas y dispuestos a organizarnos para entregar la contrapartida, recaudar fondos y aportar una cuota porque sabemos que el beneficio es para todas y todos”, expresó la ciudadana.
Plazos legales para aprobar el presupuesto municipal
El artículo 31 de la Ley de Régimen Presupuestario establece que el Concejo Municipal debe aprobar la Ordenanza del Proyecto de Presupuesto Municipal antes del 31 de diciembre del año en que se elabora.
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Si esa aprobación no ocurre a tiempo, se prorroga automáticamente el presupuesto anterior, salvo por las transferencias presupuestarias a favor de las municipalidades.
En caso de no aprobarse antes de finalizar el primer trimestre del año siguiente, continuará vigente el presupuesto del año anterior para todo el resto del año 2026.

