
Las consultas ciudadanas son parte del proceso de elaboración del presupuesto municipal, mecanismo que se utiliza para que la población exponga sus necesidades desde la visión comunitaria. Según la metodología que establece la ley, la municipalidad organizará asambleas comarcales y barriales, para recopilar las solicitudes.
La experta en temas municipales, ingeniera Lucía Sequeira Fargas, explicó que la alcaldía debe cumplir unos requerimientos de ley. Desde la creación de una comisión interna que se encargue de esos procesos. “Este grupo, junto con el concejo, son quienes acompañan estas consultas. Ahí la gente expone sus necesidades y luego debería haber un proceso de análisis de esas solicitudes, para priorizar”, detalló la municipalista.
La ingeniera Sequeira agregó que, luego de las consultas, hay una validación de las solicitudes. Los pobladores deben asistir y conocer si su proyecto fue incluido o continuar la gestión. “En octubre, según la ley, debe efectuarse un cabildo donde las autoridades, además de presentar la propuesta del presupuesto, la población tiene la oportunidad de exponer sus peticiones,” aseveró la experta.
Las consultas ciudadanas permiten conocer las necesidades del barrio o comunidad e incluidas en el presupuesto del siguiente año
La ley de participación ciudadana o ley 475, que aún sigue vigente, en su artículo treinta y seis, dice que, para asegurar el pleno ejercicio de la democracia participativa en el ámbito local, el Concejo Municipal tiene la obligación de consultar a la ciudadanía, todos los proyectos de resolución u ordenanza durante el período de elaboración del respectivo dictamen.
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También establece que, “podrán ser consultados, a criterio de los Concejos Municipales, los diferentes sectores de la sociedad civil. Tales como asociaciones civiles sin fines de lucro, religiosas, sindicatos, cooperativas, organizaciones de mujeres, asociaciones juveniles y comunales. Así como cualquier otra persona u organización especializada que a criterio de la comisión sea de interés por el objeto y materia de la resolución u ordenanza”.