Uno de los temas recurrentes con la entrada del invierno es la limpieza de los predios baldíos y privados, lo que está regulado por la ordenanza local 0001 aprobada en el 2016 por el Concejo Municipal de ese entonces. Indica que se podría aplicar multas desde los 500 hasta los cinco mil córdobas a personas naturales. Para las empresas con personalidad jurídica la amonestación va de cinco mil a 50 mil córdobas.

La concejal, Rosalina Robleto, indicó que existen las normas jurídicas para que la municipalidad presione a los dueños de terrenos vacíos y que hagan limpieza. Es una cuestión en beneficio de la salud de la población. “El área de servicios municipales debería notificar primeramente para luego actuar. Hasta el momento no tengo conocimiento que estén haciendo ese trabajo”, señaló la funcionaria.

La señora Carmen Torres, habitante del barrio Concepción, indicó que cerca de su vivienda hay dos predios que se observan bastante montosos. Eso provoca la proliferación de los mosquitos. “No te podría decir quiénes son los dueños, pero tienen dos años que no limpian esos terrenos. Eso provoca que haya muchos zancudos, yo creo que la alcaldía debería tomar cartas en el asunto con todos los predios”, enfatizó la ciudadana.

El mosquito se reproduce en agua limpia o sucia, en la basura, en los patios o predios montosos

Una cartilla del Ministerio de Salud, divulgada en su página web, indica que la reproducción del mosquito ocurre tanto en recipientes de agua limpia o sucia, en la basura, en los patios o predios montosos. Es por eso que hacen un llamado a la comunidad a unir esfuerzos para combatir la proliferación de los zancudos. Son transmisores de enfermedades como el dengue, el zika o el chikungunya.

Si la ordenanza local no es bastante clara con esta situación, el plan de arbitrios municipal en su artículo 49 indica que los propietarios de predios están obligados a mantenerlos cercados y limpios.

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Si incumplieran con ese mandato, serán notificados por la Alcaldía informándoles que en caso de no proceder a cercarlos o limpiarlos en un plazo de quince días, la municipalidad podrá hacerlo con su personal o con personal contratado al efecto. El propietario deberá pagar los gastos ocasionados que le serán justificados por la Alcaldía. Además, una multa que no podrá exceder del cincuenta por ciento del costo de la realización de la obra.